PRESIDENTE
·
Ejercer la representación legal de la Junta y como tal, suscribir los actos y contratos en
representación de la misma, y otorgar los poderes necesarios para la cabal
defensa de los intereses de la Entidad. Según la naturaleza y cuantía de los
contratos, el Presidente se sujetará a las autorizaciones de la Asamblea y Directiva.
·
Presidir y dirigir las reuniones de Directiva y Asamblea General,
·
Ordenar la convocatoria para las reuniones de Directiva y Asamblea General,
·
Firmar las Actas
de Directiva y
Asamblea General y la correspondencia,
·
Suscribir, junto con el Tesorero, los cheques y demás órdenes de pago que hayan sido
previamente aprobados por el Dignatario u órgano competente;
·
Ser ordenador de gastos en la cuantía que le señale la Asamblea;
·
Presentar periódicamente
informes sobre los gastos, las inversiones y actividades realizadas,
·
Hacer debida entrega del cargo,
dentro del término legal a quien lo reemplace,
·
Las demás que le señalen la
Asamblea, la
Directiva o el reglamento de la Directiva.
VICEPRESIDENTE
·
Reemplazar al Presidente en sus ausencias
temporales o definitivas
·
Fomentar y ser enlace de las Comisiones de
Trabajo.
·
Por derecho propio hacer parte de la Comisión
empresarial
·
Hacer debida entrega de su cargo, dentro del término de dos meses,
a quien lo reemplace.
·
Rendir informe de gestión a la Directiva y
Asamblea.
·
Las demás que le encomienden la Asamblea, la
Directiva o el reglamento.
TESORERO
·
La
responsabilidad en el cuidado y manejo de los dineros y bienes de la Junta, excepto cuando se trata de actividades de Economía Social, en cuyo
caso la responsabilidad se determina en los contratos de
trabajo en los respectivos reglamentos.
·
Mantener al día bajo su cuidado y custodia y
manejar los Libros de Tesorería y de Inventarios,
registrarlos, diligenciarlos, conservar los recibos de los asientos contables y entregarlos al Tesorero que lo reemplace en el
termina máximo de dos meses.
·
Constituir póliza de manejo para responder por los dineros y bienes de la
Junta. La prima será cubierta con dineros de la entidad.
·
Firmar conjuntamente con el Presidente los cheques y documentos que impliquen
manejo de dinero o de bienes, previa orden impartida por el órgano o Dignatario competente.
·
Cobrar
a los afiliados la cuota mensual de sostenimiento de la Junta, según cuantía establecida en Asamblea.
·
Consignar en cuenta bancaria registrada a
nombre de la Junta los ingresos por todo concepto,
apenas sean recibidos.
·
Rendir a la Directiva y Asamblea en cada una
de sus reuniones un informe del movimiento de Tesorería.
·
Entregar, en el término legal, los libros y
bienes a su cargo a quien lo reemplace.
·
Dar
información oportuna a los afiliados que la soliciten debidamente sobre los asuntos de su competencia.
·
Lo demás que le señalen la Asamblea, la Directiva o el reglamento.
PARÁGRAFO: Los
recursos de la Junta se deben manejar por rubros y contabilidades
separadas y se deben ejecutar de conformidad con los rubros respectivos.
SECRETARIO
·
Comunicar la convocatoria a reuniones de
Asamblea y Directiva.
·
Con el Presidente firmar las actas y
documentos de la Junta.
·
Ser el Secretario en las reuniones de la
Asamblea y de la Directiva.
·
Elaborar las
actas de Asambleas y de Directivas.
·
Tener bajo su custodia y cuidado y
diligenciar los libros de Registro de Afiliados
y de Actas de Asamblea y Directiva, registrarlos y entregarlos al Secretario que lo reemplace en término máximo de dos meses.
·
Llevar, custodiar y organizar el archivo y
documentos de la Junta.
·
Certificar sobre la condición de afiliados
de los miembros de la Junta.
·
Dar fe de los actos y documentos de la Junta.
·
Las demás que le señalen la Asamblea, la
Directiva o el reglamento.
FISCAL
·
Velar por el cumplimiento de los Estatutos,
planes de trabajo y funciones de todos los Dignatarios.
·
Visar los cheques y demás órdenes de egreso
de dineros, para lo cual observará que las autorizaciones se hayan otorgado por el órgano o
Dignatario competentes.
·
Velar por el recaudo y cuidado de los dineros
y bienes de la Junta, así como por su correcta
utilización.
·
Rendir informes a la Asamblea y a la
Directiva sobre el recaudo, cuidado, manejo e inversión de los bienes que forman parte del patrimonio de la
Junta y denunciar ante las autoridades
administrativas o judiciales las irregularidades que observe en el manejo
patrimonial de la Junta.
·
Asistir a las reuniones de directiva.
·
Revisar regularmente que los libros estén al
día y ordenados.
DELEGADOS A LA ASOCIACION
·
Representar a la Junta y defender sus
derechos y prerrogativas.
·
Asistir Puntualmente a las reuniones de los
órganos de la Asociación de los cuales forme parte.
·
Votar con responsabilidad y mantener
informada a la Junta sobre las decisiones y resoluciones de la Asociación.
·
Informar en las asambleas de la Junta sobre
las actividades desarrolladas en cumplimiento de su cargo.
·
Orientar a la Junta y a la Comunidad en las
actividades y proyectos establecidos por los organismos superiores.
·
Hacer debida entrega del cargo, dentro del
término de dos meses, a quienes lo reemplacen.
DELEGADOS A LA ASOCIACION: De conformidad con el artículo 9 del decreto 2350 de Agosto de 2003, la Junta elegirá cuatro delegados a
la Asociación, de los cuales el Presidente será delegado por derecho propio.
COMITÉ DE RECREACION, DEPORTES Y CULTURA.
- Realizar el inventario de los valores culturales y deportivos que existen en su jurisdicción.
- Organizar grupos culturales y programar sus presentaciones dentro y fuera del territorio de la Junta.
- Organizar encuentros culturales y deportivos con las Juntas y organizaciones vecinas.
- Buscar apoyo en el sector público y privado para apoyar a los artistas y deportistas del lugar.
- Trabajar para que el plan de Desarrollo del municipio para que incluya políticas, programas y proyectos para apoyar las expresiones culturales y deportivas del lugar.
- Las demás propias de su naturaleza.
COMITÉ DE GESTION SOCIAL.
El Comité de Gestión Social tiene como función
velar por la defensa de los derechos de la niñez, juventud, mujer y el adulto
mayor en los sectores de la salud, capacitación y a la vez trabajar
coordinadamente con el comité de Recreación Deporte y Cultura.
- Realizar un censo sobre las condiciones de salubridad de sus habitantes, por edades y sexo.
- Realizar un censo sobre los médicos y demás personas vinculadas a la salud residentes en el lugar, y programar brigadas de atención en salud especialmente para los niños y adultos mayores.
- Realizar el censo sobre las personas no afiliadas a la seguridad social y promover su vinculación colectiva al régimen subsidiado; buscando tratamiento especial para la niñez, mujeres embarazadas y adultos mayores.
- Actuar sobre el plan de desarrollo del municipio y sobre los presupuestos para que se destinen los recursos suficientes para la atención en salud.
- Trabajar con las demás Juntas y organizaciones sociales del municipio por la construcción de Empresas Comunitarias de Salud para que accedan a la ejecución directa de los recursos destinados a la salud en el municipio.
- Vincular a los jóvenes a que accedan a los mecanismos de participación juvenil como lo es el Consejo Municipal de juventud entre otras instancias.
- Realizar con los jóvenes foros, conferencias, charlas acerca de las sustancias psicoactivas y las enfermedades de transmisión sexual.
- Realizar tertulias, conversatorios, talleres, seminarios sobre equidad y género.
- Crear las farmacias comunitarias.
- Crear las bibliotecas comunitarias Organizar eventos de formación para los afiliados en temas de interés general.
- Brindar especial atención a la niñez en los procesos de formación académica al igual que coordinar la entrega de Kit escolares para los niños más necesitados.
- Diseñar programas de atención a la niñez en la época navideña
COMITÉ DE CONCILIACION Y CONVIVENCIA
Existiré una Comisión de Convivencia y Conciliación integrada por tres
personas, elegidas el mismo día de la elección general de Dignatarios.
Son funciones de la Comisión de Convivencia y Conciliación:
·
Surtir la vía conciliatoria de todos los
conflictos organizativos que surjan en el ámbito de la Junta.
·
Declarar la desafiliación a la Junta por:
- Fallecimiento del afiliado.
- Cambio de residencia del afiliado a territorio distinto al de la Junta.
- Cuando el afiliado se encuentre en las causales de perdida de la investidura prevista en los presentes Estatuto.
- Cuando el afiliado haya dejado de asistir a tres (3) Asambleas ordinarias de la Junta debidamente convocadas, sin justa causa.
COORDINADOR DE LOS COMITES EMPRESARIALES.
- Convocar reuniones de Comités y presidirlas.
- Nombrar de entre los inscritos al Secretario o Secretaria del Comité.
- Rendir informes de las gestiones del Comité a la Directiva de la Junta y a la Asamblea General.
- Crear las comisiones de trabajo que considere necesarias.
- Elaborar los presupuestos necesarios para la ejecución de las funciones que le encomiendan la Asamblea o la Directiva de la Junta.
- Las demás que le asignen la Asamblea o el reglamento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario